¿Has dicho: indulgencia plenaria?

26 mayo 2021Anuncio

Con motivo del Año Ignaciano, la Santa Sede ha concedido una indulgencia plenaria. Benoît Malvaux nos explica lo que esto significa hoy.

Con motivo del jubileo del 500 aniversario de la conversión de San Ignacio y del 400 aniversario de su canonización, la Santa Sede, atendiendo a una petición del Padre General, ha concedido indulgencia plenaria a los fieles que visiten las iglesias y oratorios de la Compañía de Jesús durante el año jubilar. Esta noticia causará sin duda perplejidad, incluso cierto malestar, entre muchos compañeros y amigos de la Compañía. ¿De qué se trata exactamente? ¿Hemos vuelto a la época de la construcción de la Basílica de San Pedro, que se financió en parte por medio de aquel tráfico de indulgencias que provocó una legítima indignación en Lutero?

Hoy en día, la Iglesia ciertamente ya no desea rentabilizar económicamente las indulgencias, pero no por ello ha renunciado a su doctrina sobre ellas. San Pablo VI les dedicó una Constitución Apostólica en 1967 y las indulgencias son objeto de algunos párrafos tanto en el Código de Derecho Canónico como en el Catecismo de la Iglesia Católica. Por lo tanto, vale la pena reflexionar sobre este tema. ¿Cómo entiende hoy la Iglesia las indulgencias? ¿Cómo nos afecta la concesión de indulgencia plenaria para el Año Ignaciano?

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El Catecismo de la Iglesia Católica resulta especialmente esclarecedor a este respecto. En el número 1471, define las indulgencias como la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados cuyo perdón ya ha sido otorgado. El número 1472 hace explícita esta definición, partiendo de la doble consecuencia del pecado. Si el pecado es grave, priva de la comunión con Dios. El perdón recibido en el sacramento de la reconciliación permite recuperar esa comunión. Sin embargo, el pecado manifiesta también un apego poco sano a ciertas realidades, que el perdón sacramental no elimina automáticamente. Para vernos libres de este apego, es necesario que nos sometamos a un proceso de purificación. De modo definitivo, esta purificación se realizará plenamente en la otra vida – corresponderá entonces a lo que se llama purgatorio. Pero también puede comenzar aquí en la tierra, si el pecador ya perdonado da algunos pasos concretos para liberarse de este apego. En su camino, puede apoyarse en las oraciones de los demás, en el marco de la comunión de los santos, al igual que puede rezar por otros que comparten con él la andadura terrena.

Podemos considerar la indulgencia plenaria que se nos concede ahora como una propuesta de la Iglesia, en un momento simbólicamente importante, que desea ayudar a las personas a avanzar en este camino de purificación. La Iglesia acostumbra a conceder esta indulgencia durante los Años Santos, que tienen lugar, en principio, cada 25 años. Pero también puede concederla en otras ocasiones, como es el caso del Año Jubilar Ignaciano. Durante este tiempo privilegiado, se invita a los cristianos a dar un paso que exprese su deseo de avanzar en esta vía de liberación de sus apegos insanos. Se trata de acudir a un lugar concreto (en el caso del Año Jubilar Ignaciano, a una iglesia u oratorio de la Compañía de Jesús) para vivir el sacramento de la reconciliación, comulgar en una eucaristía y rezar por las intenciones del Papa. Para los que están enfermos o no pueden desplazarse, es posible vivir el mismo proceso sin salir de casa, rezando, por ejemplo, delante de una imagen de San Ignacio. El espíritu con que se debe vivir este proceso es una actitud de ofrecimiento al Señor del deseo de liberarse cada vez más de los apegos poco sanos que nos impiden vivir plenamente los valores del Evangelio, encomendándonos a la intercesión de los vivos y de los muertos, en la comunión de los santos.

Esta acción se deja, por supuesto, a la libertad de cada uno. Aquellos que se sientan incómodos con esta forma de entender las consecuencias del pecado, o que consideren que esta figura está anticuada, pueden abstenerse legítimamente de utilizarla. Sin embargo, el Año Jubilar Ignaciano puede ser también una oportunidad para que quienes lo deseen tomen conciencia de que el perdón recibido en el sacramento de la reconciliación, ya sea de forma regular u ocasional, no es suficiente para eliminar todos nuestros apegos poco sanos, y que un proceso de purificación concreto, basado en la comunión de los santos, puede ayudarnos a avanzar en esta dirección. Cada persona debe ver lo que le puede ayudar a progresar en el camino de la santidad.

Written byÉcrit parEscrito porScritto da Benoît Malvaux SJ
Benoît Malvaux SJ es un jesuita belga a la Curia General en Roma donde es el Procurador General. Aconseja al Padre General en todo lo atinente al Derecho Canónico y a la Legislación de la Compañía de Jesús.

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